Justicia rechaza la solicitud de ciudadanía japonesa a un refugiado

Tribunal de Justicia de Distrito de Tokio /©xtremeLab
Tribunal de Justicia de Distrito de Tokio /©xtremeLab

El Tribunal de Distrito de Tokio desestimó hoy la demanda interpuesta por un hombre de origen africano, reconocido oficialmente como refugiado (Nanmin), quien buscaba revocar la decisión del Ministerio de Justicia de negarle la ciudadanía japonesa.

El demandante llegó a Japón en octubre de 2013 y obtuvo el estatus de refugiado dos años después. Tras residir en el país por más de una década, solicitó la nacionalidad en 2018 y nuevamente en 2021, siendo ambas solicitudes rechazadas por el Ministerio de Justicia sin una explicación detallada inicial.


Durante el juicio, el Estado argumentó que el hombre no poseía una capacidad de idioma japonés suficiente para integrarse plenamente. Según la defensa del Estado, el demandante no logró demostrar habilidades básicas de lectura y escritura en múltiples evaluaciones, lo que contraviene el requisito implícito de «armonía con la sociedad japonesa».

Por su parte, el demandante —quien posee actualmente la residencia permanente— sostuvo que cumple con los requisitos estipulados en la Ley de Nacionalidad (Kokuseki-hō) como residencia continuada de más de 5 años, conducta honesta y buena moral y capacidad de sustento económico independiente.

Además, su defensa invocó la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que estipula que los estados contratantes deben «facilitar en todo lo posible la naturalización de los refugiados». El hombre alegó que la falta de pasaporte japonés limita sus opciones de carrera en organismos internacionales y dificulta trámites financieros básicos.


EL PESO DE LA DISCRECIONALIDAD

El juez del caso dictaminó que el Ministerio de Justicia posee un amplio poder discrecional para decidir quién puede convertirse en ciudadano japonés. El tribunal concluyó que la evaluación de la competencia lingüística entra dentro de este margen legal y que la Convención de Refugiados no obliga al Estado a otorgar la nacionalidad de forma automática o simplificada si no se cumplen los criterios internos.

Este fallo ocurre en un contexto de creciente rigor administrativo. Desde abril de este año, el Ministerio de Justicia ha modificado sus directrices internas, elevando el requisito de residencia para la naturalización de 5 a 10 años como norma general, una medida implementada mediante cambios operativos sin necesidad de una reforma legislativa en la Dieta.


Expertos legales señalan que este caso sienta un precedente difícil para los miles de residentes extranjeros que, a pesar de estar integrados económicamente, enfrentan barreras subjetivas como el nivel de japonés escrito para obtener la protección jurídica plena que otorga la ciudadanía. (RI/AG/IP/)


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