Hasta ayer custodia de hijos decidida por un tribunal extranjero no tenía validez en suelo japonés
Japón se convirtió hoy en el Estado número 91 en firmar el Convenio de La Haya sobre Sustracción Internacional de Menores, que establece marcos y procedimientos para facilitar que los menores de 16 años retenidos por sus padres puedan volver a su país habitual de residencia.
El tratado, suscrito por el país asiático en enero, entró hoy -primer día del año fiscal en Japón- en vigor después de que durante años varios países, entre ellos España, se lo hayan solicitado con insistencia.
Japón era hasta ahora el único país del G7 que no había firmado el Convenio, lo que implicaba que, en el caso de que se divorciara un matrimonio en el que uno de los cónyuges fuera ciudadano japonés, la custodia de los hijos decidida por un tribunal extranjero no tenía validez efectiva alguna en terreno nipón.
«Dado que el número de personas que se mueve entre fronteras se ha incrementado dramáticamente y que los matrimonios y divorcios internacionales han aumentado en los últimos años, la Convención de La Haya resulta muy importante para el Gobierno de Japón», aseguró hoy un comunicado remitido por la Cancillería nipona.
A partir de ahora, en virtud de la Convención, el Ministerio de Asuntos Exteriores nipón se esforzará en localizar, con ayuda de la policía japonesa y otras autoridades competentes, a aquellos niños que hayan sido sustraídos y llevados a Japón o que permanezcan retenidos por un progenitor o tutor en suelo nipón.
A su vez, la Cancillería instará a los cónyuges implicados a solventar la disputa de manera amistosa a través de consultas.
Si éstas fracasan, los tribunales de familia de Tokio y Osaka tratarán de adoptar un fallo (que podrá ser recurrido) al respecto durante las seis semanas siguientes al inicio del proceso jurídico para asegurar el pronto retorno de los menores.
Sin embargo, asociaciones de cónyuges afectados por el problema han señalado que con la legislación actual Japón seguirá siendo un país en el que será complicado lograr que un hijo sustraído pueda volver al habitual de residencia.
Señalan que los tribunales estarán poco predispuestas a fallar en favor de los progenitores no japoneses debido a la jurisprudencia en el país asiático, donde tras un divorcio solo uno de los padres obtiene la patria potestad del hijo sin que exista el concepto de custodia compartida o régimen de visitas.
Como las autoridades niponas siempre han instado a los cónyuges a resolver los temas de custodia fuera de los tribunales, éstos suelen optar por fallar de manera directa y rápida en favor del progenitor que lo tiene en su custodia en el momento en que se abrieron diligencias.
El Convenio de La Haya sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores no es retroactivo, por lo que solo afectará a los casos que tengan lugar tras su entrada en vigor.
Sin embargo, puede ayudar a aquellos cónyuges separados de sus hijos con anterioridad a lograr permisos de visita.
Entre los países que más procesos tenían abiertos por sustracción de menores en Japón con anterioridad a la entrada en vigor del Convenio figura Estados Unidos, con casos que involucran actualmente a más de un centenar de niños. (EFE)
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