Se puede obligar a su esposo a pagar los gastos de subsistencia, dice el Centro de Apoyo y Orientación sobre la Violencia Doméstica.
Consulta:
Soy latina y mi esposo es japonés. Tenemos un hijo y vivo 10 años en Japón. Salí de mi hogar y estoy en la casa de mi amiga porque mi esposo me golpeó muy fuerte. Quiero seguir viviendo en Japón. Pienso divorciarme, pero como dejé de trabajar no tengo ingreso, ya me queda poco y no puedo seguir mucho tiempo aquí. Quiero trabajar para vivir con mi hijo, pero necesito que me ayuden hasta conseguir otro trabajo, ¿qué puedo hacer?
Respuesta: Cuando en una pareja de casados uno tiene que salir de la casa por motivo de violencia, se le puede obligar al otro a pagar los gastos de subsistencia (kon-in hiyou no buntan), durante la separación y durante el proceso de divorcio.
Los gastos de subsistencia son los que corresponden a la vida diaria, como los gastos de vivienda, comida, ropa, las cuentas médicas, los gastos de educación del hijo, etc.
Le aconsejo que acuda lo antes posible al Tribunal de Familia de la jurisdicción donde reside su esposo para solicitar el pago de los gastos de subsistencia porque se suele calcular desde la fecha en que la persona presenta la solicitud y no desde el día que salió de la casa.
Según las estadísticas del Tribunal de Familia, el monto de los gastos de subsistencia suele ser de 40.000 a 150.000 yenes mensuales, dependiendo siempre de la situación económica de cada familia.
Si en la mediación no llegan a un acuerdo, se procede al juicio y el juez decide el caso.
Para más información consulte al 050-1501-2803 (Centro de Apoyo y Orientación sobre la Violencia Doméstica).
Centro de Apoyo y Orientación sobre la Violencia Doméstica
Teléfono: 050-1501-2803
Día y hora: de lunes a viernes, de 10.00 a 17.00 horas.
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