La tasa de pago de la pensión nacional (kokumin nenkin) entre extranjeros en Japón se mantiene muy por debajo del promedio general, en un contexto marcado por el desconocimiento del sistema, las barreras lingüísticas y la insuficiencia de acuerdos internacionales de seguridad social.
La tasa final de pago correspondiente a 2023, calculada y confirmada durante el ejercicio fiscal 2025, fue de 55% entre los extranjeros, frente al 85,6% del conjunto de la población.
Aunque mejoró respecto al 49,7% registrado en 2022, la diferencia continúa siendo amplia. El Gobierno atribuye parte del problema a que muchos extranjeros desconocen sus obligaciones o no comprenden los beneficios de la pensión japonesa.
La Ley de Pensiones Nacionales establece que todas las personas de entre 20 y menos de 60 años que residan en Japón deben estar afiliadas, independientemente de su nacionalidad.
Quienes trabajan en empresas cubiertas por el seguro de pensiones de los empleados (kōsei nenkin) pagan las cotizaciones correspondientes mediante descuentos salariales. Este grupo representa alrededor del 70% de los extranjeros residentes.
El 30% restante debe realizar personalmente los pagos. A marzo de 2026, unas 360.000 personas integraban el grupo utilizado para calcular la tasa, excluidos quienes tenían una exención o aplazamiento total.
Entre ellos figuran trabajadores en empresas no cubiertas por el seguro de pensiones de los empleados, aprendices técnicos, trabajadores con determinadas categorías de empleo y estudiantes extranjeros.
DESCONOCIMIENTO Y BARRERAS LINGÜÍSTICAS
Los extranjeros deben realizar el trámite de afiliación ante los municipios al registrarse como residentes. Si no lo hacen, el Servicio Japonés de Pensiones (Nihon Nenkin Kikō) puede incorporarlos de oficio utilizando la información del registro básico de residentes.
Una vez recibida la factura de las cotizaciones, el afiliado debe efectuar el pago. También puede optar por la domiciliación bancaria o el pago mediante tarjeta de crédito.
El Servicio Japonés de Pensiones explica que algunos extranjeros desconocen la existencia del sistema o tienen dificultades para percibir sus beneficios, por lo que resulta más probable que dejen de pagar.
La barrera lingüística también dificulta la comprensión de los procedimientos y de las obligaciones vinculadas a la afiliación.
Para mejorar la situación, el organismo distribuye folletos en japonés sencillo sobre pagos y exenciones, además de enviar avisos de reclamación en inglés.
También coloca material informativo en 15 idiomas en aeropuertos, oficinas de inmigración y universidades.
A partir de junio de 2027, la situación de las cotizaciones de la pensión nacional también será considerada en determinados procedimientos relacionados con el estatus de residencia. La Agencia de Servicios de Inmigración podrá consultar la información mediante la interconexión de datos con el número de identificación personal.
Un funcionario del Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar defendió la importancia del sistema incluso para quienes no lleguen a cobrar una pensión de jubilación. «Aunque no puedan recibir una pensión de jubilación, al afiliarse pueden recibir, por ejemplo, una pensión por discapacidad si sufren una enfermedad o lesión. No es en absoluto cierto que pagar no tenga sentido«.
SIN ACUERDOS GUBERNAMENTALES
La falta de acuerdos internacionales de seguridad social también constituye un problema para los extranjeros que trabajan en Japón durante pocos años y posteriormente regresan a sus países.
Actualmente, Japón tiene acuerdos de seguridad social en vigor con 24 países. Sin embargo, la cobertura presenta importantes diferencias regionales: en Sudamérica, Brasil es el único país con un acuerdo vigente con Japón.
Perú no figura entre los países con los que Japón mantiene actualmente un acuerdo de seguridad social en vigor. Pese a los intentos para avanzar hacia un convenio bilateral similar, los esfuerzos de ambos gobiernos todavía no se han traducido en un acuerdo efectivo.
La situación contrasta con Europa, donde Japón mantiene acuerdos con numerosos países, y con Asia, donde además de Filipinas existen negociaciones con Vietnam y consultas preliminares con Tailandia.
El siguiente cuadro muestra la situación reflejada por el Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar:
| Situación | Países |
|---|---|
| Acuerdos en vigor | Reino Unido, Corea del Sur, Australia, China, Estados Unidos, Irlanda, India, Italia, Austria, Países Bajos, Canadá, Suiza, Suecia, España, Eslovaquia, República Checa, Alemania, Hungría, Filipinas, Finlandia, Francia, Brasil, Bélgica y Luxemburgo |
| Acuerdo firmado / en proceso de entrada en vigor | Polonia |
| En negociación | Turquía, Vietnam, Noruega |
| Consultas preliminares | Tailandia |
| Sudamérica con acuerdo vigente | Brasil |
| Perú | Sin acuerdo vigente; no figura entre los países incluidos en el cuadro de negociación o consultas |
Fuente: Ministerio de Salud, Trabajo y Bienestar de Japón.
El problema de los períodos cotizados adquiere especial importancia para los trabajadores extranjeros. Japón exige normalmente un mínimo de 10 años de afiliación para acceder a una pensión.
Un trabajador que permanezca en Japón solo unos años puede regresar a su país sin alcanzar ese período, aunque haya pagado sus cotizaciones durante su estancia.
Los acuerdos de seguridad social permiten, en la mayoría de los casos, sumar los períodos de afiliación cumplidos en Japón y en el país de origen.
De esta manera, una persona que no alcance 10 años en Japón puede utilizar, cuando corresponda, los períodos cotizados en su país para cumplir el requisito y recibir de Japón la parte de la pensión correspondiente a sus años de afiliación.
Los acuerdos también incluyen mecanismos destinados a evitar que determinados trabajadores tengan que cotizar simultáneamente a los sistemas de ambos países.
La ausencia de acuerdos con más países deja a numerosos trabajadores extranjeros sin ese mecanismo de coordinación internacional.
UN PAPEL CADA VEZ MÁS IMPORTANTE
El Instituto Nacional de Investigación sobre Población y Seguridad Social estima que la proporción de extranjeros superará el 10% de la población japonesa en 2070.
El aumento previsto convierte a los trabajadores extranjeros en un componente cada vez más importante del sistema de seguridad social japonés.
Por ello, además de mejorar la información sobre las obligaciones de pago, resulta necesario ampliar los acuerdos internacionales que permitan reconocer los períodos de cotización realizados en Japón y en los países de origen.
En el caso sudamericano, la diferencia es especialmente clara: Brasil cuenta con un acuerdo vigente, mientras Perú continúa sin un convenio equivalente. (RI/AG/IP/)
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