El Tribunal de Distrito de Tokio, presidido por el juez Yoshihiro Shibata, dictó un fallo el 21 de agosto en el que negó que Daio Paper, conocida por su marca «elleair», hubiera infringido las patentes de Nippon Paper Crecia, fabricante de los productos «scottie». La corte desestimó la demanda presentada por Nippon Paper Crecia, que buscaba la suspensión de ventas y compensación por daños.
El conflicto surgió en torno a tres patentes registradas por Nippon Paper Crecia entre 2017 y 2020. Estas patentes cubren tecnologías específicas para fabricar papel higiénico en rollos, así como detalles sobre la textura del papel y su embalaje.
Nippon Paper Crecia había desarrollado una tecnología para producir rollos de papel higiénico de triple tamaño «scottie 3 bai nagamochi» en 2016, lo que significa que sus productos tienen una longitud considerablemente mayor en comparación con los rollos estándar.
Nippon Paper Crecia, afirma que Daio Paper, que lanzó su propio producto de «elleair 3.2 bai maki» en 2022, había utilizado esta tecnología patentada sin autorización.
Sin embargo, el tribunal determinó que el producto de Daio Paper no infringía las patentes de Nippon Paper Crecia. Se concluyó que las características del papel de Daio Paper no coincidían con los parámetros establecidos en las patentes, por lo que no se produjo infracción.
Nippon Paper Crecia expresó su descontento con la decisión, calificándola de «inaceptable» y anunció su intención de apelar tras revisar el fallo para reafirmar su posición y buscar una corrección.
Por su parte, Daio Paper comentó que «la legitimidad de nuestra posición ha sido confirmada» y reafirmó su compromiso de proteger sus derechos de propiedad intelectual y respetar los derechos de otras empresas. (International Press)