
El acceso de los extranjeros al sistema de asistencia social en Japón vuelve a estar bajo debate. Aunque existen precedentes administrativos que permiten otorgar ayuda a ciertos residentes no japoneses, la legislación aún no reconoce formalmente este derecho, generando una brecha legal que deja a muchos en situación de vulnerabilidad.
La profesora Kimifumi Okunuki, del Departamento de Sociología del Bienestar en la Universidad de Mujeres Showa, explicó en una entrevista con el diario Mainichi Shimbun que “hay extranjeros que pueden usar el sistema de asistencia social, pero no todos, y no con el mismo respaldo legal que los ciudadanos japoneses”.
La especialista subrayó que el tema está directamente vinculado al estatus de residencia. Ciertos visados —como el de residente permanente, cónyuge de japonés o residente a largo plazo— permiten acceder al sistema, mientras que otros no.
NO HAY UNA DISPOSICIÓN LEGAL
El origen de esta situación se remonta a 1954, cuando el entonces Ministerio de Bienestar emitió una notificación administrativa que autorizaba la concesión de ayuda social a determinados extranjeros como medida discrecional, no como un derecho legal.
En 1990, sin reforma de ley alguna, una nueva “instrucción verbal” del Ministerio de Salud y Bienestar redujo aún más los beneficiarios a seis categorías: residentes permanentes, cónyuges de japoneses, cónyuges de residentes permanentes, residentes a largo plazo, residentes especiales y refugiados reconocidos.
“Es un caso extraño”, señaló Okunuki. “Durante los debates parlamentarios se afirmó que los extranjeros serían tratados de manera equivalente, pero después se restringió el alcance sin aprobación legislativa. Es como si se hubiera engañado al Parlamento”.
LOS EXTRANJEROS TAMBIÉN TRIBUTAN
La profesora también criticó que, al no reconocerse legalmente el derecho, los beneficiarios extranjeros no pueden presentar recursos administrativos si consideran injusta una decisión: “Aunque una autoridad cometa un error, no hay vía legal para reclamar. Eso contradice el principio básico de un Estado de derecho.”
Okunuki sostiene que negar la protección legal carece de justificación. “El argumento de que la asistencia social se financia con fondos públicos no es válido. Los extranjeros también pagan impuestos: contribuyen con el impuesto sobre la renta, el impuesto residencial y el consumo. No existe ningún tipo de exención o privilegio fiscal que los beneficie”, apuntó.
La profesora recordó que Japón eliminó las cláusulas de nacionalidad en la mayoría de sus programas de bienestar —como el sistema de pensiones nacionales o las asignaciones familiares— tras la ratificación de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados en 1981. “Solo el sistema de asistencia social quedó fuera. El gobierno alegó entonces que el trato ya era igualitario gracias a la notificación de 1954, pero en la práctica nunca se garantizó el derecho de forma plena.”
El debate cobra relevancia en un momento en que Japón se enfrenta a un rápido envejecimiento poblacional y depende cada vez más de mano de obra extranjera. Para expertos en derecho social como Okunuki, reconocer formalmente el derecho de los extranjeros a la asistencia social no sería una concesión especial, sino una adecuación necesaria a la realidad de un país que, más que nunca, se sostiene en el trabajo y los impuestos de sus residentes extranjeros. (RI/AG/IP/)
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