Un tribunal de Japón ha dictaminado una sentencia pionera por acoso sexual (sekuhara) en el lugar de trabajo. El Tribunal de Distrito de Tokio ordenó a un hombre pagar 220.000 yenes (cerca de 1.480 dólares) en compensación a una excompañera de trabajo al considerar que llamarla por su nombre con el sufijo cariñoso «-chan» y hacer comentarios sobre su apariencia física constituyó «acoso que excedió los límites permisibles».
La demandante, una mujer de 40 años que trabajaba en una oficina de ventas de Sagawa Express (Sagawa Kyubin), había solicitado a su excolega una compensación de unos 5,5 millones de yenes (casi 37.000 dólares).
CONSECUENCIA DE LOS COMENTARIOS
Según la sentencia y otros documentos judiciales, el hombre, que era mayor que la mujer, la llamó repetidamente con el sufijo «-chan» en la oficina de Tokio a partir de 2020. Además, le hizo comentarios sobre su físico, tales como «eres linda» (kawaii) y «tienes buena figura» (taikei yoi yo ne).
El acoso tuvo graves consecuencias para la víctima, quien fue diagnosticada con depresión (utsubyo) en 2021 y, posteriormente, se vio obligada a renunciar a su puesto de trabajo. El hombre recibió una amonestación estricta (genju chui shobun) por parte de la empresa.
El juez señaló que el sufijo «-chan» se usa para niños pequeños y no es necesario en un entorno profesional. Indicó que, incluso si el hombre tuvo la intención de usar un tono de «familiaridad», sus acciones causaron malestar (fukaikan) a la mujer. El juez concluyó que el conjunto de comentarios y el uso del sufijo fueron «actos inapropiados que causaron vergüenza».
RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA
En 2023, la mujer presentó una demanda no solo contra el ex compañero, sino también contra Sagawa Express por responsabilidad patronal (shiyosha sekinin). Sin embargo, en febrero de este año, la empresa y la demandante llegaron a un acuerdo extrajudicial en el que la compañía aceptó pagar una suma de 700.000 yenes (aproximadamente 4.700 dólares) para resolver el caso, liberándola de la sentencia judicial actual.
La decisión contra el excolega sienta un precedente legal significativo en Japón respecto a la definición de acoso sexual y los límites de la interacción social en el ámbito laboral. (RI/AG/IP)
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