Tribunal Superior de Sapporo: es «inconstitucional» prohibir el matrimonio entre personas del mismo sexo

Demandantes y activistas ante el Tribunal de Sapporo. (NNN)

La disposición del Código Civil que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo es «inconstitucional», según el fallo de la Corte de Apelaciones del Tribunal Superior de Sapporo. La sentencia afirmó hoy que «la Constitución también garantiza el matrimonio entre personas del mismo sexo».

Los ocho demandantes, entre empleados de empresa y servidores públicos de 40 a 50 años que viven en Tokio, dijeron que la inacción legislativa sobre el asunto había violado su derecho al matrimonio, igualdad ante la ley y les había causado angustia emocional. Por ello pidieron al gobierno central 1 millón de yenes (6.700 dólares) para cada uno.


Sin embargo, el Tribunal afirmó que la respuesta del Parlamento Nacional, que no ha reformado la ley, no puede considerarse ilegal y desestimó la solicitud de indemnización por parte del Estado.

Los demandantes abrieron litigios en seis juzgados en todo el país, y esta es la primera vez que se emite un fallo de apelación. En el caso de Hokkaido, en marzo de 2021, el Tribunal de Distrito de Sapporo consideró en primera instancia que el sistema matrimonial actual era «inconstitucional», aunque también rechazó la demanda de indemnización. (RI/AG/IP/)

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