El gobierno peruano decretó a partir de hoy 20 de septiembre que todas las personas que quieran ingresar al país deberán presentar el certificado de la vacunación completa y una prueba molecular negativa por coronavirus.
La norma ha modificado el Decreto Supremo N151-2021 PCM que permitió desde el 6 de septiembre la apertura de fronteras a los ciudadanos, nacionales o extranjeros, que hubieran recibido las dosis de la vacuna y sin necesidad de test negativo ni cuarentena.
Sin embargo, el pasado viernes 17 el gobierno publicó en el diario oficial el Decreto Supremo N152-2021-PCM que en el texto modificatorio en el Artículo 2 impone el doble requisito para evitar la propagación del coronavirus.
“Los peruanos, extranjeros residentes, y extranjeros no residentes cuyo destino final sea el territorio nacional, en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben contar con una prueba molecular negativa con fecha de resultado no mayor a 72 horas antes de abordar en su punto de origen y haber completado las respectivas dosis de vacunas según las exigencias del país donde se vacunó”, dice la norma que cambia el el inciso 8.7 del Artículo 8 del decreto supremo publicado a principios de septiembre.
ENLACE: NUEVO DECRETO SUPREMO N152-2021-PCM
En respuesta a la nueva disposición, los gremios y empresas locales del sector turismo y comercio exterior hicieron un llamado “urgente” a las autoridades para una “inmediata reconsideración” de la medida.
El doble requisito, afirmaron en notas de prensa divulgadas este fin de semana, “impactará directa y negativamente en la necesaria reactivación de la economía y en la generación de empleo”.
En la actualidad, Sudáfrica es el único país con el que Perú mantiene restricción de vuelos comerciales después de que el pasado 4 de septiembre levantara las restricciones áreas con Brasil y la India.
La mortalidad en Perú por coronavirus sigue teniendo una de las tasas más altas del mundo. Hasta el momento han fallecido cerca de 200.000 personas por la enfermedad. (RI/AG)
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