El Congreso peruano aprueba eliminar la inmunidad parlamentaria

Congreso peruano

El pleno del Congreso peruano aprobó la eliminación de la inmunidad parlamentaria en primera votación, proponiendo la modificación del artículo 93 de la Constitución, estableciendo que la Corte Suprema tenga la atribución sobre la comisión de delitos comunes e imputados a congresistas durante el ejercicio de su mandato.

La representación nacional apoyó el dictamen aprobado por la Comisión de Constitución por 103 votos a favor,  14 en contra y tres abstenciones.
En tal sentido, se aprobó en primera votación la Ley de reforma constitucional que elimina la inmunidad parlamentaria, estableciendo la modificación del artículo 93, de la Constitución Política quedando de esta manera:


«Artículo 93. Los congresistas representan a la Nación. No están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación.No son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones. Los magistrados del Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo, gozan de las mismas prerrogativas que los congresistas«.

Ha quedado eliminado el párrafo de este artículo que dice: «No pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento».

Asimismo, la reforma constitucional establece que «el procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia».


«En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario», refiere el texto aprobado por el pleno del Congreso. 

Además, la norma establece una disposición complementaria final donde señala que «el Congreso de la República adecuará su reglamento en el plazo máximo de 30 días calendario, en cumplimiento de lo que dispone esta ley».

Según explicó el presidente de la Comisión de Constitución, Omar Chehade, la eliminación de esta prerrogativa establece la desaparición de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria del Congreso. (Agencia Andina)



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