El Municipio de Fukuyama, en la prefectura de Hiroshima, anunció un error administrativo en la gestión del Seguro Nacional de Salud (Kokumin Kenko Hoken o Kokuho). La municipalidad admitió haber aprobado incorrectamente la afiliación de una mujer peruana de 75 años, lo que resultó en que la ciudad cubriera unos 4.84 millones de yenes (unos 48.400 dólares) en gastos médicos que debían haber sido asumidos por la paciente.
Las autoridades municipales presentaron sus disculpas públicas en una rueda de prensa y dijeron que reclamarán a la peruana el reembolso total del dinero.
La mujer llegó a Fukuyama como turista en diciembre de 2022 y en julio del año siguiente obtuvo un cambio de visa. Su solicitud de afiliación al Kokumin Kenko Hoken se presentó después de cambiar su estatus de turista por la visa de «Actividad Específica con Propósito Médico» (Iryo Mokuteki), una categoría que legalmente la excluye de la cobertura del seguro. Sin embargo, el funcionario a cargo del Departamento de Seguros y Pensiones interpretó erróneamente la ley y aprobó la inscripción.
ERROR EN EL SEGURO DE ADULTOS MAYORES
El error administrativo continuó cuando la mujer cumplió 75 años a finales de diciembre del año pasado. En ese momento, fue transferida al Sistema Médico para Adultos Mayores de Edad Avanzada (Koki Koreisha Iryo Seido).
El Consorcio de Atención Médica de Adultos Mayores de la Prefectura, la entidad que gestiona este sistema, tampoco verificó adecuadamente su estatus de residencia en el momento de la transición y pagó unos 3,06 millones de yenes por gastos médicos que le correspondía a la paciente.
¿CÓMO SE DETECTÓ EL FALLO?
El fallo no se descubrió hasta octubre de este año, cuando el Consorcio solicitó al municipio que verifique el estatus de residencia de la mujer con la Oficina de Inmigración de Hiroshima. La mujer había estado hospitalizada y se había sometido a cirugía durante el periodo cubierto.
Un vocero de la entidad explicó la causa del error: «Los extranjeros con estatus de residencia por propósito médico son muy raros, y pocos funcionarios estaban al tanto de que esta condición era un requisito de exclusión del Kokumin Kenko Hoken«. La ciudad ha prometido asegurar que todos los departamentos conozcan la interpretación correcta de la ley.
¿QUÉ DICE LA LEY JAPONESA?
La ley japonesa estipula que el requisito fundamental para afiliarse al Kokumin Kenko Hoken es ser una persona «con domicilio en Japón» (Nihon kokunai ni jusho o yu suru mono), lo que implica estar registrado en el Padrón Básico de Residentes (Jumin Kihon Daicho).
Sin embargo, mediante decretos y avisos relacionados con el Artículo 11 de la Ley del Seguro Nacional de Salud, capítulo de Excepciones en la Calificación de Asegurados, los extranjeros con estatus de «Actividad Específica» (Tokutei Katsudo) con el fin de recibir tratamiento médico (Iryo Mokuteki) o prestar asistencia para dicho tratamiento, están excluidos del registro en el padrón de residentes.
En la práctica, esto significa que los extranjeros que ingresan con la Visa de Estancia Médica no cumplen con el requisito básico de domicilio. El Kokumin Kenko Hoken busca fomentar la asistencia mutua en la seguridad social de residentes continuos, una condición que no se considera compatible con la naturaleza temporal y específica de las estancias con fines médicos o turísticos.
Por lo tanto, aquellos en Japón con visados de corto plazo (menos de 3 meses), visados de «Estancia Corta» (Tanki Taizai), visados «Diplomáticos» (Gaiko), y «Actividad Específica» con fines médicos o de ocio tienen prohibida la afiliación al Seguro Nacional de Salud del país. (RIAG/International Press)
Descubre más desde International Press - Noticias de Japón en español
Suscríbete y recibe las últimas entradas en tu correo electrónico.










