La prohibición por parte del gobierno de Japón del matrimonio entre personas del mismo sexo es constitucional, según un fallo del Tribunal de Distrito de Tokio, emitido el miércoles.
El tribunal desestimó la compensación de un millón de yenes (7.100 dólares) por persona solicitada por ocho demandantes, informó Kyodo.
Parejas del mismo sexo decidieron presentar la demanda después de que su solicitud de matrimonio fue rechazada por gobiernos locales.
Pese a que el fallo les resultó adverso, el tribunal concluyó que la ausencia de un sistema legal que permita a los homosexuales formar una familia es inconstitucional, así como “una grave amenaza y un obstáculo” a su humanidad.
Demandas similares se han presentado en otros tribunales japoneses con fallos dispares.
En 2021, el Tribunal de Distrito de Sapporo sostuvo que el no reconocimiento por parte del gobierno de Japón del matrimonio entre personas del mismo sexo es inconstitucional, mientras que en junio de este año el Tribunal de Distrito de Osaka dijo que la prohibición no viola la Constitución.
La Constitución de Japón garantiza el derecho a la igualdad y la libertad para contraer matrimonio, pero el artículo 24 establece, según Kyodo, que el matrimonio se basa “únicamente en el mutuo consentimiento de ambos sexos”.
Algunos gobiernos locales emiten certificados que reconocen a las parejas del mismo sexo, lo que les permite acceder a beneficios como viviendas municipales. No obstante, los documentos no son legalmente vinculantes.
Japón el único país del G7 que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo. (International Press)