Manejar un vehículo sin licencia de conducir no es un delito insignificante para Inmigración, advierte el experto japonés Takefumi Miyoshi.
Por Takefumi Miyoshi (*)
PREGUNTA: Soy peruano y vivo más de 15 años en Japón. Me parece que ahora hay más peruanos que conducen un vehículo sin licencia. ¿Qué tan grave es el delito de conducir sin licencia o falsificar un brevete? ¿Inmigración podría quitarles la visa?
RESPUESTA: La conducción con brevete emitido en otros países se determina en el artículo 102 de la Ley de Tránsito (Doro Kotsu Ho). Según esto, los extranjeros pueden conducir en Japón con la Licencia de Conducir Internacional (kokusai unten menkyosho) o con las licencias del exterior permitidos especialmente de Italia, Suiza, Alemania, Francia y Bélgica. En ambos casos, el plazo válido está limitado a un año desde su llegada a Japón.
No obstante, si un extranjero falsifica el brevete de su país y consigue la licencia internacional con eso, la justicia japonesa castiga de manera estricta, pero hay que investigar y demostrar la ilegalidad con pruebas. Cuando se puede probar que un brevete es falsificado, el castigo es pena de prisión de menos de un año o una multa de menos de 300 mil yenes, según el artículo 117 de la misma ley. Además, las personas que no tienen permiso de conducir serán acusadas de “Conducción sin Permiso”, según el artículo 64, y su castigo es igual que la falsificación de brevete. Cuando la policía detiene a un extranjero por estos delitos y el reo es declarado culpable, la policía y la fiscalía informan a la Oficina de Inmigración.
Por otra parte, Inmigración tiene que decidir sobre la residencia de la persona condenada. Inmigración nunca considerará insignificante la conducción sin permiso y lo deportará al país de origen o no renovará el estatus de residencia. Si decidiera deportar no lo haría inmediatamente porque la pena de prisión no superará a un año. Inmigración puede negar la renovación a las personas condenadas por infringir la Ley de Tránsito.
* Takefumi Miyoshi trabajó en diversos sectores del gobierno japonés como el Ministerio de Justicia y el Departamento de Inmigración. Es autor de varios libros en portugués relacionados al asunto, entre ellos «Manual da Lei de Imigraçao Japonesa» y «Japao ao Seu Alcance». Dirección de su oficina: Tokyo-to, Tama-shi, Kaidori 1-31-1-503. Consultas en japonés, portugués e inglés al teléfono 042-371-8066. E-mail: joshua-galasha@mvgbiglobe.ne.jp
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